top of page

Testamento vs. Fideicomiso: ¿Por qué la certeza "Media" ya no es suficiente en 2026?

  • Foto del escritor: Enrique Ruiz Cortés
    Enrique Ruiz Cortés
  • hace 24 horas
  • 2 Min. de lectura

A menudo, escuchamos la misma frase: "Ya tengo mi testamento, mi patrimonio está seguro". Sin embargo, en el complejo entorno legal y fiscal de Jalisco, el testamento ha pasado de ser la solución definitiva a ser apenas el primer paso de un camino lleno de obstáculos.


Para proteger una empresa, una cartera inmobiliaria o el legado de su familia, es vital entender por qué el Fideicomiso Patrimonial ha desplazado al testamento como el estándar de oro en la planeación sucesoria.


Naturaleza: civil vs. mercantil

El testamento es una herramienta de naturaleza civil que se limita a expresar una voluntad para ser ejecutada tras la muerte. En contraste, el fideicomiso patrimonial es un contrato de naturaleza mercantil que crea un vehículo jurídico independiente desde el momento de su constitución.


Esta distinción no es solo terminológica: mientras el testamento espera al fallecimiento para actuar, el fideicomiso opera de forma continua y profesional, blindando los activos desde el día uno.


El factor "Certeza": ¿Media o alta?

Uno de los puntos más críticos analizados en la práctica actual es el nivel de seguridad jurídica que ofrece cada instrumento:

  • Testamento (certeza media): Al ser un acto que solo surte efectos posteriores a la muerte, el riesgo de conflicto entre herederos es alto. Cualquier desacuerdo puede derivar en un juicio sucesorio que paralice el patrimonio durante años.

  • Fideicomiso (certeza alta): Al establecer reglas personalizadas y una administración profesional, el riesgo de conflicto es controlado. La institución fiduciaria ostenta la titularidad jurídica, lo que permite una transición de mando fluida y sin interrupciones operativas.


Planeación preventiva vs. reacción sucesoria

La diferencia más tangible para el dueño de un patrimonio radica en la capacidad de anticipación:

"El testamento es una herramienta reactiva; el fideicomiso es una estrategia preventiva.".

Mientras que el testamento requiere pasar obligatoriamente por un procedimiento sucesorio (notarial o judicial) para transmitir los bienes, el fideicomiso permite que la transmisión ocurra bajo las condiciones exactas que se decidan, incluso en vida o de forma gradual.


Un beneficio técnico superior del fideicomiso es su autonomía jurídica. A diferencia de los bienes heredados vía testamento:

  • El patrimonio fideicomitido no responde por obligaciones personales del fideicomitente.

  • No se confunde con el patrimonio de quien lo administra (la fiduciaria).

  • El fideicomisario no adquiere derechos reales directos sobre los bienes, lo que protege los activos de acreedores externos.


En municipios como Guadalajara o Zapopan, donde la transmisión de propiedad puede implicar tasas marginales de hasta el 3.50% y cuotas fijas superiores al millón y medio de pesos, dejar la sucesión al azar de un testamento es un riesgo financiero innecesario.


El testamento transmite bienes; el fideicomiso transmite continuidad, protección y paz mental.

Comentarios


bottom of page